lunes, 14 de mayo de 2007

SAT: ¿Con qué derecho?

SAT: ¿Con qué derecho?

El hecho es que, cito de nueva cuenta a Marías, “vivimos en sociedades que, bajo su apariencia de democracias, son sin embargo cada día más autoritarias y totalitarias, más controladoras y restrictivas”, tal y como lo es aquella en la cual el gobernante tiene la fuerza (¿es correcto llamarle derecho?),

¿Cómo evitar el abuso implícito en el cobro impuestos que gravan el ingreso y el patrimonio? Muy sencillo: gravando solamente el consumo
Tenemos al gobierno metido hasta la cocina sabiendo cuánto ganamos y qué tenemos, violando el derecho de propiedad, que comienza por el derecho de no revelarle a nadie, ¡mucho menos al gobierno!, ni nuestros ingresos, ni nuestro patrimonio

La reforma fiscal no debe limitarse a incrementar la recaudación y a facilitarle la vida al contribuyente. La reforma debe ir más allá, reconociéndose que las leyes no deben otorgarle al Estado, ni al gobierno en turno, el poder de hacer aquello que le prohíben a cualquier ciudadano (inmiscuirse en la propiedad de los demás, por ejemplo).


Desde que lo tuve que hacer por primera vez, hasta hoy, he cumplido puntualmente con mis obligaciones tributarias, y lo he hecho, lo confieso, no por considerar que el pago de impuestos es una contribución eficaz a favor del bien común o de alguna otra entelequia por el estilo, ¡mucho menos en el caso mexicano en el cual el cobro de impuestos ha degenerado en un robo con todas las de la ley!, sino porque ello me da, antes que cualquier otra cosa, al autoridad moral de escribir artículos como éste.

Resulta que, con fecha 15 de marzo, el Servicio de Administración Tributaria, el SAT, me formuló una “atenta invitación para atender la recomendación que se indica”, relacionada con la verificación del correcto cumplimiento de mis obligaciones fiscales, habiendo sido elegido aleatoriamente para someterme a la comprobación. Vamos por partes.

Lo primero que me incomoda es el tono, entre meloso y cínico, del comunicado del SAT: “se (me) formula atenta invitación para atender la recomendación que se (me) indica”, cuando, estrictamente hablando, no se trata de una invitación, sino de una orden.

Ahora bien, si en respuesta a este artículo algún funcionario del SAT me corrige, y me asegura que sí se trata de una invitación, por medio de este conducto la agradezco y me disculpo, NO LA ACEPTO, rechazo al cual, como sucede cuando de verdaderas invitaciones se trata, no lo seguirá ninguna represalia. ¿Es éste el caso? ¡Por favor recaudadores: el pan pan, y al vino vino! No caigan en la labia de lo políticamente correcto.

Lo segundo que me molesta, algo mucho más grave que lo anterior, es que mi declaración anual de impuestos del 2006 “será revisada minuciosamente”, poniéndose especial atención en “el correcto reporte de (mis) ingresos”, lo cual quiere decir que voy a tener a los burócratas encargados de llevar acabo la mentada revisión metiendo sus narices en MIS cuentas (algo que, dicho sea de paso, ya hacen cada mes al momento en el cual pago mis impuestos), sabiendo cuáles fueron MIS ingresos, una información que, por prudencia y conveniencia, no deberíamos darle a nadie, ¡mucho menos al gobierno! Esto es lo verdaderamente preocupante, no sólo de revisiones como la mencionada, sino de los sistemas impositivos que, como el mexicano, gravan ingresos y patrimonio, por lo que el gobierno sabe cuánto ganamos y qué tenemos, muestra de la absoluta falta de respeto por la propiedad privada.

Veámoslo detenidamente. A principio de cada mes le envío a mi contador la relación de los ingresos generados en el mes anterior, así como los comprobantes de los gastos susceptibles de ser deducidos, lo cual quiere decir que él sabe cuánto gano, por lo cual confío más en él que en mi propia madre. Pero el cuento no termina allí: la invasión a la propiedad, y la violación de la privacidad, va más allá, ya que, una vez presentada la declaración mensual de impuestos, y pagados los mismos, los recaudadores cuentan también con esa información, misma que, insisto, no debería dársele a nadie, mucho menos al gobierno, por una razón muy sencilla: el principal poder del gobierno, aquel sin el cual no sobreviviría, es el de cobrar impuestos, poder que en manos poco escrupulosas degenera, tal y como ha sucedido en México, en un robo con todas las de la ley.

Por lo pronto, y para terminar esta primera entrega, pregunto: ¿con qué derecho va a meter el SAT sus narices en MIS cuentas personales?
Terminé la primera entrega de esta serie con la siguiente pregunta: ¿con qué derecho, a raíz de la minuciosa revisión que de mi declaración anual de impuestos 2006 hará el gobierno, va a meter el Servicio de Administración Tributaria, el SAT, sus narices en MIS cuentas, poniendo especial atención en MIS ingresos? La respuesta es muy sencilla: con el derecho que le otorga el Programa de Trabajo de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal o, dicho de manera rápida, con el poder que le da el derecho positivo, es decir, la ley redactada y promulgada por los legisladores.

Así de fácil y, desde esta perspectiva, los contribuyentes no merecemos más aclaraciones. El problema es que esta perspectiva, la del derecho positivo, no es la única, mucho menos la más importante. Existe otra, anterior y superior, y es la del derecho natural, la del iusnaturalismo.

Se entiende qué es el derecho positivo: las leyes redactadas y promulgadas por el ser humano, desde la constitución política hasta el reglamento de tránsito. ¿Pero en qué consiste el iusnaturalismo? En los derechos del ser humano en cuanto tal, anteriores y superiores a los estados, sus leyes y sus gobiernos, y cuyo reconocimiento y garantía son la base de la convivencia civilizada, derechos a la vida, la libertad y la propiedad.
¿Qué relación debe existir entre el derecho natural y el positivo? El segundo debe reconocer y garantizar al primero, siendo ello la esencia del Estado de Derecho, definido como el gobierno de las leyes justas, siendo justas las leyes que reconocen y garantizan la vida, la libertad y la propiedad del ser humano, siendo injustas aquellas que no lo hacen, tal y como sucede con buena parte de la legislación tributaria mexicana, sobre todo en lo que respecta a la propiedad de los ingresos y el patrimonio.

¿Podemos afirmar, con un mínimo de realismo, que en México está plenamente reconocida y jurídicamente garantizada la propiedad, si el gobierno te exige, dado el sistema tributario que tenemos, que le digas cuánto ganas y qué tienes? ¿Qué esa exigencia no es la antítesis de la propiedad, que según el Diccionario de la Lengua Española es “el derecho o facultad de disponer de una cosa, con exclusión del ajeno arbitrio...”? Ojo: tenemos al gobierno metido hasta la cocina sabiendo cuánto ganamos y qué tenemos, violando el derecho de propiedad, que comienza por el derecho de no revelarle a nadie, ¡mucho menos al gobierno!, ni nuestros ingresos, ni nuestro patrimonio.

Cito A Javier Marías, quien lo dice mejor que yo: “Nuestros Estados exigen tener un grado de conocimiento de nuestras personas y vidas que es llanamente incompatible con la libertad. Saben cuánto y cómo ganamos y también cuánto y en qué gastamos, de ello nos sustraen un buen diezmo, inadecuada palabra para llegar a veces al cincuenta y seis por ciento; saben dónde vivimos y trabajamos, nuestros teléfonos, nuestras actividades, nuestros gustos; nos filman en muchos sitios y ahora lo harán asimismo en las calles; para cualquier transacción o negocio hemos de obtener su permiso, poner aquellos en su conocimiento; también si se trata de una donación o regalo; incluso saben, más allá de nosotros, si a nuestra muerte dejaremos deudas o pingues herencias, y por su puesto se erigen en principales beneficiarios de las segundas”. Escrito para el caso español, ¿qué tan parecido es al caso mexicano?

El hecho es que, cito de nueva cuenta a Marías, “vivimos en sociedades que, bajo su apariencia de democracias, son sin embargo cada día más autoritarias y totalitarias, más controladoras y restrictivas”, tal y como lo es aquella en la cual el gobernante tiene la fuerza (¿es correcto llamarle derecho?), para obligar al gobernado a declararle cuánto gana, lo cuál sucede cada vez que se grava su ingreso.
¿Cómo es posible que permitamos tal abuso? La respuesta es sencilla: la mayoría de la gente ni siquiera ha caído en la cuenta de lo que está pasando.

Pagar impuestos que gravan el ingreso y el patrimonio implica tener al gobierno metido hasta la cocina, sabiendo cuánto ganamos y qué tenemos, algo que, para empezar, es incompatible con el respeto a la propiedad, misma que comienza por el derecho del propietario para no revelarle a nadie, ¡mucho menos al gobierno!, ni el monto de sus ingresos, ni la cuantía de su patrimonio. ¿Cómo evitar el abuso que supone el cobro impuestos que gravan el ingreso y el patrimonio?
Muy sencillo: gravando solamente el consumo, tipo de impuesto que debe ser uno de los objetivos de la reforma fiscal, algo que, seamos realistas, difícilmente sucederá en México, razón por la cual hay que insistir.

Uno de los objetivos de la reforma fiscal debe ser garantizar jurídicamente el derecho de propiedad de la persona sobre sus ingresos y patrimonio, lo cual implica, en primer lugar, evitar que cualquiera, comenzando por el gobierno, pueda obligar al gobernado a revelar cuánto gana y qué tiene, para lo cual hay que eliminar los impuestos que gravan el ingreso y el patrimonio, llamados impuestos directos, para dejar únicamente los indirectos, que gravan el consumo, con lo cual se logra algo muy importante: el anonimato del contribuyente.

Me explico. Si se grava el ingreso y el patrimonio el recaudador necesita saber, no solamente el monto del ingreso y la cuantía del patrimonio, sino la identidad de quien genera el primero y posee el segundo, con todo lo que ello supone en términos del derecho de propiedad y del derecho a la privacidad. Por el contrario, si se grava el consumo el recaudador solamente necesita conocer el monto del mismo, no la identidad del consumidor – contribuyente.

¿Cuántos de los involucrados en el tema de la reforma fiscal – gobernantes, funcionarios públicos, burócratas, políticos, académicos, periodistas, empresarios, fiscalistas -, tienen claro que entre los principales objetivos de la misma debe estar el de garantizar jurídicamente el derecho de propiedad, para lo cual hay que eliminar los impuestos que gravan, directamente, los ingresos y el patrimonio? Y escribo directamente porque al final de cuentas los impuestos que gravan el consumo se pagan, indirectamente, del ingreso y patrimonio del contribuyente. Es por ello que a los impuestos que gravan ingreso y patrimonio se les llama directos, y a los que gravan el consumo indirectos.

Insito en la pregunta: ¿cuántos de los involucrados en el tema de la reforma fiscal tienen claro que entre sus fines debe estar garantizar jurídicamente el derecho de propiedad sobre los ingresos y el patrimonio, lo cual supone, en primer lugar, quitarle al gobierno el poder (que estrictamente hablando no es un derecho, sino solamente eso: un poder), de pedirle cuentas al gobernado sobre los mismos?

La reforma fiscal no debe limitarse a incrementar la recaudación y a facilitarle la vida al contribuyente. No, de ninguna manera: la reforma debe ir más allá, reconociéndose que las leyes no deben otorgarle al Estado, ni al gobierno en turno, el poder de hacer aquello que le prohíben a cualquier ciudadano (inmiscuirse en la propiedad de los demás, por ejemplo), salvo en el caso del cobro de los impuestos necesarios para que el gobierno garantice, con honestidad y eficacia, y de la misma manera para todos, la seguridad contra de la delincuencia y la impartición de justicia. Esos impuestos, obviamente, deben ser indirectos.

Por lo pronto, tal y como están las cosas, y tal y como seguirán estando, basta y bastará que el gobierno diga “Hágase” para que los contribuyentes tengamos que revelarle desde el monto de nuestros ingresos hasta la cuantía de nuestro patrimonio. ¿Respeto al derecho de propiedad? ¡Sí, cómo no!
Por Arturo Damm
RLB Punto Politico.

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