jueves, 17 de agosto de 2006

El Caso Encinas , Traidor , amlo y su pandilla comunista.(1)


David Hume:"Lo propio del ser humano es ser gobernado por leyes, no por hombres".

El jefe de Gobierno capitalino del D,F, ha rebasado todos los limites de legalidad y buen gobierno, Los bloqueos orquestados en la capital del País por Amlo, ex Jefe de Gobierno y ex candidato del PRD a la Presidencia, y también por el actual Jefe de Gobierno Alejandro Encinas Rodríguez, quien siendo economista (egresado de la UNAM) sabe mejor que nadie todos los problemas legales junto con los daños económicos directos e indirectos que sufre la sociedad del D.F. y la desestabilización la vida pública, económica, cultural y social de una de las capitales más pobladas e importantes del MUNDO.

VIOLAN flagrantemente, la Constitución, el Código Penal local y el Federal en los siguientes apartados que a continuación enumero:

La Constitución

(Salvo juramento de cumplir la constitución que la nación os lo demande)

Artículo 128.- Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestara la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen.
Con todo y juramento de protesta, le valió madres la nación.

Artículo 110.- Podrán ser sujetos de juicio político los Senadores y Diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la nación, los consejeros de la judicatura federal, los secretarios de despacho, los jefes de departamento administrativo, los diputados a la asamblea del Distrito Federal, el jefe de gobierno del Distrito Federal, el procurador general de la República, el procurador general de justicia del Distrito Federal, los magistrados de circuito y jueces de distrito, los magistrados y jueces del fuero común del Distrito Federal, los consejeros de la judicatura del Distrito Federal, el consejero Presidente, los consejeros electorales, y el secretario ejecutivo del instituto federal electoral, los magistrados del tribunal electoral, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a estas y fideicomisos públicos.

Artículo 113.- Las leyes sobre responsabilidades administrativas de los servidores públicos, determinaran sus obligaciones a fin de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones; las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que incurran, así como los procedimientos y las autoridades para aplicarlas. Dichas sanciones, además de las que señalen las leyes, consistirán en suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos obtenidos por el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por sus actos u omisiones a que se refiere la Fracción III de Artículo 109, pero que no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados.
Código Penal del Distrito Federal

1. El Artículo 363 del Código Penal del Distrito Federal establece a la letra: "Se impondrán de cinco a quince años de PRISIÓN y suspensión de derechos políticos de uno a siete años, al que con el fin de trastornar la vida económica, política, social o cultural del Distrito Federal, o para alterar la capacidad del Gobierno para asegurar el orden público: I. Dañe, destruya o entorpezca las vías de comunicación del Distrito Federal (...) III. Entorpezca ilícitamente servicios públicos".
2. El Artículo 364, que a la letra dice: "Se impondrá prisión de seis meses a siete años a los que, para conseguir que se les reconozca o conceda algún derecho, en forma tumultuaria: I. Amenacen a la autoridad para obligarla a tomar alguna determinación. II. Por medio de la violencia en las personas o sobre las cosas, perturben el orden público".

3. El Artículo 140 del Código Penal Federal considera delito de sabotaje lo siguiente: "Se impondrá pena de dos a veinte años de prisión y multa de mil a cincuenta mil pesos al que dañe, destruya o ilícitamente entorpezca vías de comunicación, servicios públicos, funciones de las dependencias del Estado, organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal o sus instalaciones...".

Nóta importante ; que el Código Penal del mismo Distrito Federal contempla como castigo para los bloqueadores la SUSPENSIÓN de sus derechos políticos, adicional a la pena corporal.

Estatuto de Gobierno de D.F. BANDO INFORMATIVO NÚMERO TRECE

Con fundamento en las facultades que me confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno, La Ley de Participación Ciudadana y la Ley de Justicia Cívica, A LOS HABITANTES DEL DISTRITO FEDERAL HAGO SABER:

(Primero reconoce los problemas que sufre la ciudad)

Que es relevante la polémica acerca de las causas y efectos de las marchas, mítines, plantones y bloqueos que se realizan en el Distrito Federal.
Que es nuestro deber conciliar el derecho constitucional a la libertad de expresión con el de libre tránsito.
Que son graves de por sí los problemas de vialidad por causas estructurales y por la magnitud de la ciudad.
Que cualquier decisión que tomemos no sólo debe ser legal sino también legítima; es decir, debe contar con el apoyo y el respaldo de la ciudadanía.
Que el método democrático es el mejor procedimiento para resolver las diferencias; ello implica consultar y utilizar las herramientas del diálogo y el acuerdo para dar solución a demandas y controversias de los ciudadanos, de los grupos sociales y del propio gobierno.
Que la opinión pública es una fuerza muy poderosa, y el Jefe de Gobierno debe escucharla para normar sus actos y tomar sus decisiones.

En este marco damos a conocer los siguientes lineamientos de política:

1. En todo lo relacionado con el asunto de las manifestaciones que se expresan en la ciudad, el gobierno actuará bajo los siguientes criterios:

a) Garantizaremos el derecho constitucional a la libertad de expresión y podrán realizarse en la ciudad diversas formas de manifestación a favor o en contra de lo que deseen quienes las organicen y celebren.

b) Actuaremos anticipadamente ante los problemas y las contradicciones que puedan convertirse en conflictos para evitar que estallen.

c) Atenderemos peticiones, quejas y propuestas de los habitantes del Distrito Federal con prontitud y mantendremos el diálogo con compromisos para reducir lo más posible los actos de protesta.

d) Mediante el acuerdo con la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión para utilizar el tiempo oficial, con la Cámara de Diputados para contar con el apoyo del canal de televisión del Congreso y con espacios y tiempos adicionales sufragados por el gobierno, en horarios adecuados, garantizaremos, sin cortapisas o censura a, quienes deseen, en prensa escrita, radio y televisión, dar a conocer sus planteamientos derivados de necesidades económicas, políticas y sociales o por incumplimientos o abusos de autoridad.

e) Daremos inmediata atención a quienes se congreguen en plazas públicas y respetaremos escrupulosamente sus derechos humanos.

f) Vamos a establecer una estrecha coordinación con el gobierno federal para atender las demandas provenientes del resto del país que sean de su competencia, con el fin de que puedan ser resueltas, se eviten conflictos en la ciudad y la gente pueda regresar a su lugar de origen con el compromiso de ser atendidos en sus peticiones, demandas y necesidades.

g) No permitiremos el bloqueo de avenidas o vialidades primarias que desquicien el tráfico, eleven la contaminación y afecten el libre tránsito de terceros.

2. Estos lineamientos de política serán puestos a consideración de los ciudadanos y se someterán a una encuesta para su aprobación o, en su caso, desaprobación.
3. Este sondeo de opinión se llevará a cabo durante el mes de enero por una empresa profesional.
4. Tres personajes con reconocido prestigio y de inobjetable vocación democrática serán los responsables de organizar este proceso de consulta y de elegir a la empresa que practicará el estudio de opinión pública. Con este propósito han aceptado participar Rosario Ibarra, Angeles Mastreta y Luis Rubio.
5. El gobierno difundirá ampliamente este bando para que se conozca lo más posible la determinación que tomamos.
6. Los resultados se darán a conocer, a más tardar, el 5 de febrero del 2001.

Solicito la confianza, el respaldo y el apoyo de los ciudadanos y de los medios de comunicación.

México, Ciudad de la Esperanza, 19 de diciembre de 2000

A t e n t a m e n t e
Andrés Manuel López Obrador
Jefe de Gobierno del Distrito Federal

EL TELEFONO DEL SR. ALEJANDRO ENCINAS JEFE DEL GOBIERNO DEL D.F. PARA QUE MANIFIESTEN SU QUEJA DE LOS ACTOS QUE ESTAN COMETIENDO LOS SIMPATIZANTES DEL PRD. TEL. (55) 5345 8065

No hay comentarios:

Publicar un comentario